En cumplimiento a lo dispuesto en el literal c) Artículo 56 de la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, Artículo 22 del Reglamento sobre Cuentas Inactivas y/o Abandonadas en las Entidades de Intermediación Financiera aprobado mediante la Segunda Resolución de la Junta Monetaria del 16 de agosto de 2007 y la circular SB: No. 009/09 de fecha 3 de septiembre de 2009 y la Segunda Resolución de la Junta Monetaria de fecha 12 de julio de 2012, informamos que, los balances de las cuentas que permanezcan en esta condición dentro del plazo de los próximos seis meses, comprendido entre enero y junio de 2019, serán transferidos al Banco Central de la República Dominicana a partir del 10 de julio del 2019.
Los titulares o dueños de estas cuentas podrán dirigirse a una de nuestras oficinas para cualquier tipo de reclamación o llamar a nuestro número telefónico (809) 621-7000 ext. 755 – 733 – o 735.
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